martes, 21 de octubre de 2008

Más sobre Radio Globo (Honduras)

Estimadas y estimados, ciudadanas y ciudadanos:

El día sábado 18 de octubre fue cancelado el espacio donde se desarrollan los programas radiales del Centro de Derechos de Mujeres (CDM) y del Centro de Estudios de la Mujer-Honduras (CEMH). Como es del conocimiento de algunas y algunos se transmitían:
Tiempo de Hablar sábados 8:00 a 9:00am.
La Bullaranga sábados 3:00 a 4:00pm.
La cancelación de estos espacios, como producto de la denuncia que en ellos se hiciera, sobre el despido indirecto a Sandra Maribel Sánchez, puesto que le colocaron de compañero de trabajo a un hombre que tiene antecedentes de haber violado a su propia hija. Los propietarios de este medio de comunicación han preferido tener como Director de Noticias al señor con estos antecedentes que a Sandra Maribel y por otro lado cancelar los espacios donde se informa y orienta a las mujeres sobre sus derechos. TENEMOS LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN HONDURAS???
Esto para información para las ciudadanas y ciudadanos, con principios...
Honorina Rodríguez



Tegucigalpa MDC., 14 de Octubre de 2008

Señor

Alejandro Villatoro Aguilar

Gerente Propietario de "Radio Globo"

Su Oficina

Señor Alejandro Villatoro:

Nos dirigimos a Usted para expresarle nuestra inconformidad con la salida de la periodista Sandra Maribel Sánchez del espacio de noticias de esa estación de radio quien renunció para no verse obligada a compartir su labor periodística con el señor David Romero Ellner.

Esta inconformidad se motiva en el hecho de que se prefiera prescindir de una persona como Sandra Maribel Sánchez para dar lugar en el espacio a una persona en libertad condicional por un acto de violencia contra las mujeres. Con esta decisión a Sandra Maribel Sánchez se le está afectando el derecho al trabajo en un ambiento digno.

El lunes 13 de octubre el espacio de noticias de Radio Globo, ya sin Sandra Maribel Sánchez, fue una muestra del estilo y carácter que se le va a imprimir a tan importante espacio: se dedicaron dos horas a manipular la opinión pública tergiversando los acontecimientos y el proceso legal, desprestigiando a la víctima y a las organizaciones de mujeres. Muy lejos se estuvo de mostrar arrepentimiento y de que existe una honesta intención de cambiar.

Debe quedar claro que NO nos oponemos al ejercicio del derecho de la libertad condicional o al derecho al trabajo o cualquier otro, todo lo contrario, promovemos y defendemos estos derechos. Por otro lado y de acuerdo al principio de legalidad, creemos que la libertad condicional debe de aplicarse de acuerdo a la ley y a la sentencia condenatoria que se dictó en este caso. Por lo tanto, se deben considerar los siguientes elementos:

  • Lo que únicamente se suspende es la pena de diez años de reclusión en centro penitenciario.
  • Además de la condena de 10 años, el fallo suma las penas accesorias de inhabilitación absoluta e interdicción civil. (Se adjunta sentencia condenatoria y copia de prueba de ADN).
  • El Artículo 48 del Código Penal, para aclarar cualquier duda sobre la inhabilitación absoluta, además, establece: "La inhabilitación absoluta se entiende para cargos u oficios públicos, derechos políticos y profesionales titulares durante el tiempo de la condena y produce:

1. La privación de todos los cargos u oficios públicos y ejercicios de profesiones titulares de que estuviere en posesión el penado, aun cuando los cargos sean de elección popular;

2. La privación de todos los derechos políticos y la incapacidad para obtenerlos; y,

3. La incapacidad para obtener cargos u oficios públicos, profesiones y derechos mencionados.

De la lectura de la sentencia y del Código Penal, con facilidad se deduce que la inhabilitación absoluta y la interdicción civil persisten hasta que se cumplan los 10 años y recordamos que, hasta la actualidad, sólo se han cumplido 5 años de la condena. También se puede entender claramente que la inhabilitación absoluta se refiere a al ejercicio de las profesiones titulares, así, el señor David Romero Ellner puede trabajar sin obstáculos para cumplir con sus obligaciones alimentarias pero NO en su profesión titular.

Las organizaciones de mujeres y personas que firman la presente, reiteramos nuestra solidaridad con Sandra Maribel Sánchez puesto que con su trayectoria profesional se ha ganado el derecho a ser vocera de nuestra sociedad. Por esa vida dedicada al periodismo honesto y transparente tenemos el deber de estar con ella, de luchar por volver a escucharla desde ese espacio denunciando la corrupción, luchando por la justicia y por una verdadera democracia en Honduras, concientizando sobre la violencia contra las mujeres y sobre sus derechos humanos y de varios sectores cuyas voces no encuentran camino a través de otros comunicadores sociales; para hacer esto, hay que tener ética y autoridad moral.

Estamos conscientes de que el destino y el carácter del espacio de noticias en su radioemisora es su decisión pero apelamos a la responsabilidad social del sector privado y en especial, de los medios de comunicación. En la práctica esta responsabilidad social compromete a procurarle a la periodista Sandra Maribel Sánchez un espacio de trabajo de acuerdo a principios profesionales y personales, y respetuosos de la dignidad de todo ser humano.

Atentamente,

Centro Derechos de Mujeres
Centro de Estudios de la Mujer
Colectiva Feminista de Mujeres Universitarias
Movimiento amplio de mujeres
Red lésbica Cattrachas
Red de Mujeres Colonia Ramón Amaya
Red de Mujeres Colonia Cruz Roja
Red de Mujeres Jóvenes de Honduras
Red de jóvenes por los derechos sexuales y reproductivos
Red de Mujeres Comizahual de Olanchito, Yoro




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